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Funciones

Según el artículo 10 del Reglamento Electoral provisional  son funciones de la Comisión Electoral de la Universidad:

1. Las funciones de la comisión electoral de la universidad son:
a) Supervisar todos los procesos electorales que se celebran en la Universidad de Extremadura.
b) Organizar y gestionar los procedimientos electorales que sean de su competencia
c) Dictar cuantas instrucciones sean precisas para el correcto desarrollo de los procedimientos electorales presenciales o electrónicos.
d) Resolver las consultas que se le eleven por los órganos de gobierno y representación, colegiados y unipersonales, de la universidad y por los restantes órganos electorales,
así como por las candidaturas, en los casos previstos en este reglamento.
e) Resolver las quejas, reclamaciones y recursos que se le dirijan en el ámbito de sus competencias.
f) Desarrollar e interpretar la normativa aplicable a los procedimientos electorales.
g) Cualesquiera otras que se le asignen en los estatutos y en el presente reglamento electoral